Que la Ley Karinno te explote
El 87,8% de las investigaciones por acoso en Chile termina fuera del plazo legal. Nosotros dejamos tu empresa en regla — y si llega una denuncia, la investigamos bien y a tiempo, con un expediente que resiste una fiscalización, un juicio o una auditoría de datos.
“Nos llegó una denuncia de acoso ayer. ¿Qué plazos corren?”
- Hoy — acta de la denuncia y medidas de resguardo por escrito
- Día 30 hábil — cierre de la investigación e informe a la Inspección
- +15 días — medidas o sanciones aplicadas
Qué hacemos por tu empresa
Cumplimiento permanente cuando no pasa nada. Gestión experta cuando sí pasa.
Puesta en regla y cumplimiento
Protocolo de prevención con tu mutualidad, RIOHS al día, procedimiento de investigación listo e información semestral de canales. Todo documentado y siempre vigente — también para empresas de menos de 10 personas.
Investigación de denuncias
Investigador externo e imparcial que levanta acta desde el día uno, gestiona medidas de resguardo por escrito y cierra dentro del plazo legal con un informe que cita su evidencia.
Fiscalización y multas DT
Si la Inspección del Trabajo te fiscaliza o ya te cursó multas, reconstruimos y foliamos el expediente contra la pauta oficial, respondemos requerimientos y defendemos las multas.
¿Cómo pruebas que lo hiciste bien?
Todo lo que hacemos está diseñado para el día en que alguien ataque tu expediente. Son tres los momentos en que eso pasa:
La fiscalización de la DT
La Dirección del Trabajo fiscaliza las denuncias con una pauta oficial (Circular N° 5): pide actas, plazos, medidas de resguardo y el informe con sus conclusiones — en orden y con respaldo.
Un juicio de tutela
Una investigación mal llevada alimenta una demanda de tutela de derechos fundamentales (arts. 485 y siguientes del Código del Trabajo). Ahí tu expediente es la defensa — o la prueba en contra.
Una auditoría de datos
Desde diciembre de 2026, con la Ley 21.719 vigente, un expediente de acoso es tratamiento de datos sensibles: acceso controlado, confidencialidad y registro de quién vio qué.
Por eso cada paso queda registrado: actas firmadas, plazos con fecha, medidas de resguardo fundadas por escrito y un informe cuyas conclusiones citan su evidencia. Si un día te lo piden, lo entregas completo, foliado y al día.
Cómo trabajamos
Sin humo ni informes que nadie lee. Así pasa tu empresa de “creo que estamos bien” a poder probarlo.
Diagnóstico exprés
Escribes por WhatsApp o llenas el form. Revisamos qué tienes — protocolo, RIOHS, procedimiento — y en máximo 24 horas te decimos qué falta y qué urge.
Puesta en regla
Protocolo de prevención gestionado con tu mutualidad, RIOHS actualizado, procedimiento listo para usar e información semestral calendarizada. Con constancia de cada paso.
Si llega una denuncia, la operamos
Acta el mismo día, medidas de resguardo fundadas por escrito, investigación imparcial dentro de los 30 días hábiles y un informe cuyas conclusiones citan su evidencia.
Expediente defendible
Todo queda documentado, ordenado y foliado — listo para una fiscalización de la DT, un juicio de tutela o una auditoría de datos. Sin correr a reconstruir nada.
Conoce tus derechos antes de pelearlos
Casos reales, plazos y números explicados en castellano — sin lenguaje legalero. Lee antes de tomar cualquier decisión.
Despido por falta de probidad (art. 160 N°1): cuándo es válido y qué hacer si te lo aplicaron
Es la causal más dura del Código del Trabajo: te dejan sin indemnización y con una carta que te marca. Pero también es la que más se cae en tribunales, porque el empleador tiene que probar hechos concretos y graves. Qué exige realmente la ley, qué NO es falta de probidad y qué puedes reclamar si te despidieron así.
Accidente del trabajo por culpa del empleador: la indemnización que el seguro no paga (art. 69 Ley 16.744)
El seguro de la Ley 16.744 cubre la atención médica y el subsidio, pero no repara el daño moral ni todo lo que dejaste de ganar. Cuando el accidente ocurrió porque el empleador no cumplió su deber de seguridad, el artículo 69 abre una acción civil aparte para reclamar esos perjuicios. Cómo funciona y qué se puede exigir.
Retención de pensión de alimentos en el sueldo y el finiquito: qué debe hacer tu empleador (y qué derechos tienes)
Si un tribunal de familia ordenó retener la pensión de alimentos de tu remuneración, tu empleador no puede mirar para el lado: debe descontarla y pagarla. Y cuando el contrato termina, la retención también alcanza al finiquito. Cómo funciona, qué límites tiene y qué hacer cuando algo falla.
Lo que RRHH más pregunta
Sí. La Ley Karin obliga a todas las empresas, sin mínimo de tamaño. Las de menos de 10 trabajadores no están obligadas a tener Reglamento Interno, pero igual deben contar con protocolo de prevención y procedimiento de investigación. Existe una pauta oficial simplificada para empresas pequeñas (Anexo 54 de la SUSESO) — te dejamos en regla con eso.
Desde que la recibes: si fue verbal, se levanta un acta firmada por la persona denunciante y se le entrega copia de inmediato. La investigación debe concluir en 30 días hábiles (lunes a viernes) y remitirse con sus conclusiones a la Inspección del Trabajo, que tiene 30 días para pronunciarse. Recibido el informe o pronunciamiento, tienes 15 días para aplicar las medidas o sanciones.
De 1 a 60 UTM por infracción según el tamaño de la empresa — y son acumulables: una fiscalización que encuentra varias infracciones suma una multa por cada una. Además, una investigación mal llevada puede alimentar una demanda de tutela de derechos fundamentales, que cuesta bastante más que cualquier multa.
Sí, la ley lo permite: puedes investigar internamente o remitir el caso a la Inspección. El problema práctico: la DT demora en promedio 69 días hábiles en pronunciarse (datos 2024-2025), y mientras tanto el conflicto sigue vivo dentro de tu empresa. Una investigación interna bien hecha suele ser más rápida y controlada.
Sí. Si la denuncia es verbal, quien la recibe debe levantar un acta, hacerla firmar por la persona denunciante y entregarle copia. Desde ahí corren los mismos plazos. Y ojo: el trabajador también puede denunciar directamente ante la Dirección del Trabajo, sin pasar por la empresa.
Un expediente de acoso contiene datos sensibles. Desde el 1 de diciembre de 2026, con la Ley 21.719 plenamente vigente, tratarlos mal expone a multas de hasta 20.000 UTM, y las brechas deben notificarse a la Agencia en 72 horas. Por eso nuestros expedientes se manejan con confidencialidad y acceso restringido desde el día uno.
¿Te llegó una denuncia? El reloj ya está corriendo.
La investigación debe cerrar en 30 días hábiles desde que la recibiste. En una conversación de 15 minutos te decimos qué acta levantar, qué medidas tomar y qué hacer primero — sin compromiso.